Argentina: Régimen de promoción de inversiones para exportaciones

Actividades y requisitos beneficiados

En breve

Por Decreto No. 234/2021 y n. 836/2021, el Poder Ejecutivo estableció en Argentina un Régimen de Promoción de Inversiones para las Exportaciones (“Régimen“), otorgando beneficios a quienes realicen una inversión directa en moneda extranjera no menor a USD 100 millones, ya sea para: (i) nuevas inversiones; o (ii) para expandir una unidad de negocios existente en actividades industriales forestales, mineras, de hidrocarburos, manufactureras y agroindustriales (“Proyecto“).


Las empresas, domiciliadas en el país o en el extranjero, podrán solicitar su inclusión en el Régimen mediante la presentación de un “proyecto de inversión exportadora” en los sectores de actividad antes señalados ante los Ministerios de Economía y Desarrollo Productivo.

Los países incluidos en el Régimen tienen derecho a utilizar hasta el 60% de los ingresos obtenidos de las exportaciones relacionadas con el Proyecto para: (i) el pago de capital e intereses de deudas comerciales o financieras con el exterior; (ii) distribución de utilidades y dividendos, correspondientes a balances cerrados y auditados; y/o (ii) la repatriación de inversiones directas realizadas por no residentes (“Destinos”).

Los beneficios otorgados incluyen:

  1. Hasta 20% de los ingresos obtenidos de las exportaciones relacionadas con el Proyecto podrán destinarse a los Destinos, si el Proyecto implica inversiones de entre USD 100 millones y USD 500 millones.

Este beneficio no podrá exceder un máximo anual equivalente a 25% del monto bruto de las entradas de divisas, y puede aplicarse después de un año a partir de la fecha efectiva de los ingresos de divisas.

  1. Hasta 40% de los ingresos obtenidos de las exportaciones relacionadas con el Proyecto podrán destinarse a los Destinos, si el Proyecto implica inversiones de entre USD 500 millones y mil millones de dólares
  2. Hasta 60% de los ingresos obtenidos de las exportaciones relacionadas con el Proyecto podrán destinarse a los Destinos, si el Proyecto implica inversiones superiores a mil millones de dólares
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Para los incisos (ii) y (iii), el beneficio no podrá exceder un máximo anual equivalente a 40% o 60%respectivamente, del monto bruto de divisas ingresadas al país, y se podrá acceder a los dos años calendario a partir de la primera entrada de la divisa que da inicio al Proyecto.

  1. Estabilidad regulatoria en materia cambiaria por 15 años, por lo que el mencionado beneficio no podrá verse afectado por normas cambiarias que potencialmente establezcan condiciones más gravosas.

El plazo para disfrutar de los beneficios que otorga el Régimen será de tres años, contados a partir del 6 de abril de 2021, pudiendo prorrogarse su vigencia por un período de tiempo equivalente.

haga clic aquí para descargar la versión en español.

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