Empresas silenciosas y de seguridad privada están obligadas a informar a la Policía de Buenos Aires sobre reuniones de más de 10 personas en espacios cerrados, según decisión emitida este jueves por el Ministerio de Seguridad, en el contexto de una epidemia. Coronavirus.
Según lo estipulado en el Decreto 875/2020, por el cual se ha establecido un distanciamiento social preventivo y obligatorio (DISPO) que prohíbe las reuniones con más de 10 personas en espacios cerrados, se ha establecido que las agencias privadas de seguridad y calma deben dar aviso a la jurisdicción de la policía de la jurisdicción en caso de que tengan conocimiento. En el incumplimiento de los mismos, ya sean los llamados «partidos secretos» o los particulares.
La decisión fue emitida por Al Dirección Regional de Administración de Seguridad Privada Por Marcelo Montero.
«Estamos trabajando intensamente para prevenir la propagación de Covid-19, por lo que estamos desarrollando varias propuestas para permitir la socialización, siempre que se respeten las regulaciones y espaciamientos sanitarios», dijo Monteiro.
Para prevenir y evitar este tipo de enfrentamientos grupales «desde nuestra área específica, contaremos con el apoyo de organismos especiales, que con base en esta nueva norma, deberán informar a la policía de la jurisdicción antes de infringirla, quienes serán responsables de una sanción penal o falta en su caso».
Como se indicó, con este reglamento, es posible evitar el encuentro en lugares cerrados que tengan seguridad privada como clubes o reuniones secretas.
Asimismo, instaron a la cooperación para evitar «este tipo de focos», y convocaron a los «empresarios nocturnos» a realizar «reuniones» al aire libre con las medidas de seguridad e higiene requeridas.
AFG
«Analista profesional. Amante del alcohol. Entusiasta de la música. Orgulloso experto en viajes. Explorador. Creador».